Miércoles, Febrero 10, 2010
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El ACTA que cambiará todo
(segunda parte)

Salvador Medina Armienta
salvador@elhablador.com
Fernán A. Osorno
fernanosorno@elhablador.com.mx

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A pesar de que ha escaseado la información sobre el Acuerdo Comercial Antifalsificación, un número considerable de ciudadanos se ha agrupado mediante internet para crear conciencia y pedir transparencia en las negociaciones

Se han hecho desde hace tiempo esfuerzos multilaterales dentro de la industria del entretenimiento para facilitar las vías de legalidad a los internautas, por medio de los sitios y software que permiten bajar archivos haciendo el pago correspondiente, no sólo en música (iTunes), también para la compra de libros (Amazon), programas de computación, películas (Digital Entertainment Content Ecosystem), fotografía, artículos y otros medios. ¿Por qué no seguir ese camino? ¿Es el ACTA (Anti-Counterfeiting Trade Agreement) un gran pretexto para espiarnos?

Copywrong: un atentado llamado ACTA

Retomamos este tema de la semana pasada no sólo por el efecto directo que tendrá sobre la población, en especial las siguientes generaciones que nacerán (a diferencia de nosotros) en un ámbito tecnológico hostil, también por la falta de difusión mediática que este tema ha recibido y, por lo tanto, la demanda de la gente de conocer más sobre esta negociación tratada a puertas cerradas por un puñado de actores gubernamentales.

¿Quién promueve y quién eventualmente aprobará el ACTA (el infame Acuerdo Comercial Antifalsificación, por sus siglas en inglés)? Para contextualizar rápidamente la trascendencia y relevancia de tal acuerdo, citamos al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI): “pretende establecer nuevos estándares para la observancia de los derechos de propiedad intelectual (DPI) para combatir de manera eficiente el crecimiento prolífico del comercio de bienes piratas y falsificado”. Una gran idea en papel, pero ¿debe sacrificarse nuestra privacidad a cambio de ello?

Según el mismo documento, una de las áreas para posibles disposiciones incluye la “distribución vía internet e información tecnológica”. He ahí el dilema.

EU, la Unión Europea, Canadá, Australia, Nueva Zelanda, Corea del Sur planean establecer las bases en el marco jurídico internacional para la creación de un organismo que supervise el funcionamiento, la distribución y las tecnologías de la información, a fin de ponerle un fin a la piratería global; a dicho marco, voluntariamente, se puede unir el resto de las naciones. ¿Cuáles son estos países a los cuales les conviene unirse? ¿Existe una verdadera soberanía sobre el tema una vez que dé comienzo este proyecto?

A pesar de que en los medios tradicionales (llámense televisión, radio, medios impresos) han dicho poco sobre las reuniones llevadas a cabo en el hotel Fiesta Americana de Guadalajara, que significan la séptima ronda de negociaciones en el ámbito mundial, un número considerable de ciudadanos se ha agrupado mediante internet para crear conciencia y pedir transparencia en las negociaciones.

Un ejemplo es el sitio openacta.org , el cual “tiene por objeto crear conciencia en la comunidad mexicana sobre la importancia de lograr que los gobiernos de los países que hoy negocian el ACTA, hagan público el texto de dicho tratado y se inicie una verdadera discusión pública y democrática sobre el contenido y alcances del mismo”. Es decir, nadie se ha opuesto todavía a las medidas que el gobierno ciertamente tomará; primero es necesario conocerlas.

Por ello, la Asociación Mexicana de Internet (Amipci), en un comunicado de prensa, ha señalado que las negociaciones se han llevado con confidencialidad y secreto y no han sido auspiciadas por ningún organismo internacional. “La Amipci aplaude cualquier esfuerzo multilateral que se realice tendente a reforzar las medidas para abatir la denominada piratería; sin embargo, y aun cuando del título del ACTA pudiera pensarse que se trata de un instrumento que está dirigido al combate de productos físicos apócrifos, lo que se ha hecho del conocimiento público es que se contiene un capítulo específico para abatir la piratería en medios digitales (distribución vía internet e información tecnológica), en el cual se contiene una disposición que obligue a los proveedores de acceso a internet (ISP) a proveer información sobre posibles infractores de derechos de autor y/o derechos conexos sin una orden judicial”.

La libertad y nuestros derechos básicos se han puesto en entredicho. Es decir, todo aquello que hace a internet el medio que moldeará (y ha moldeado) las comunicaciones del siglo XXI, quieren quitárnoslo.

Gabriela Warkentin aseguró para el periódico El País que “lo más grave de todo es que algunos gobiernos, el consumidor individual y los ciudadanos en general, no hemos tenido acceso a lo que ahí se discute y acuerda. Así como ya sucedió en España, toca ahora que los usuarios de los demás países exijamos la publicación de ACTA y su revisión, porque si la regulación se mete de esta manera a las redes, habremos perdido el espacio ganado de las muchas voces que hoy lo pueblan”.

Como se mencionó en la primera entrega, la piratería, en lugares en desarrollo como México, en realidad se vive en gran medida en las calles, por las obvias limitantes de infraestructura. Aquellos países más desarrollados, únicos con la capacidad para llevar a cabo la supervisión de la transferencia informática en la red, combaten a la piratería de los mismos ciudadanos que consumen respetando los derechos de autor. Es decir, la piratería no sólo es bajar la música de manera ilegal, es compartirla. Puede que compres una canción o un libro, pero en el momento que lo compartes con un amigo, ya la estás fomentando.

¿Hasta dónde llegan los derechos de autor?

Queda claro que quienes bajan archivos de manera ilegal son los que más consumen en internet. A lo mejor deberíamos comenzar a pensar si compartir información es algo que debe ser sancionado. Ahora la información es más materia prima que en siglos anteriores; en la Edad Media ¿quién iba a agredir a un juglar que cantaba historias, las cuales iba recogiendo de pueblo en pueblo? Ahora, como la podemos cuantificar en archivos o downloads, es posible determinar hasta qué punto esa información es propiedad privada. Nos preguntamos si dentro de las pláticas en ACTA existen verdaderos autores opinando…

Aunque, en parte, el motivo para estas legislaciones es la protección de los derechos de autor, ¿qué tanto beneficiarían estas limitantes y controles a los autores? El flujo de información, por más democráticos que hagan parecer estos acuerdos, será limitado, tanto por modelos económicos internacionales como para aquellos que no tengan dinero y no podrán tener acceso completo a la información colgada en la red.

También existen motivos políticos, como se acaba de ver con Google en China, donde la compañía multimillonaria estuvo a punto de abandonar al país asiático por un suceso de hackers que indagaron en archivos de activistas foráneos. Dicho evento puso en jaque un acuerdo entre Google y el gobierno chino, en el cual se tienen filtradas las búsquedas en Google de temas que gobernantes locales consideran dañinos para su imagen nacional (digamos, sobre Tíbet). Ello llevó al gobierno estadunidense a demandar una explicación a China, y le pidió a sus empresas nacionales romper los acuerdos con el país oriental que limiten la “democracia,” lo cual se puede traducir en que dejen el flujo de información sin filtros, no importa las exigencias del gobierno chino.

Con este antecedente podemos mirar hacia la era post-ACTA, en la cual los músculos políticos manejen, dentro del marco legal, la expresión informática de la red. Por ahora sólo serán documentos y acuerdos internacionales. Será hasta el momento de gestación en el cual la gente comenzará a darse cuenta de sus efectos; cuando su servicio de internet sea interrumpido por un año, cuando páginas queden al alcance de unos y prohibidas para otros, será ya demasiado tarde para exigir libertad informática.

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